domingo, 16 de junio de 2013

ETIQUETA CERTIFICACIÓN ENERGETICA

Quien quiera alquilar ,comprar o vender un piso , además del entorno o las vistas ,dentro de poco deberá tener en cuenta otra variable : la clasificación energética del inmueble.
Si ha visto algún anuncio de alguna inmobiliaria de Italia o Francia ,quizás haya reparado en que ,junto a los metros cuadrados ,el precio y la localización del inmueble ,aparece una letra similar a la que incluyen los electrodomésticos para informar sobre su eficiencia energética.



Efectivamente ,es la clasificación de eficiencia energética de dicho inmueble ,una etiqueta que sera obligatoria también en España para los contratos de conpravemta o de alquiler de edificaciones construidas antes de noviembre de 2007 .El documento que incluye una etiqueta con un código de colores similar a la de los ,analiza la demanda y el consumo energético de un inmueble , lo que afectara al precio de alquiler o de venta del mismo.
La certificación energética facilitara a los futuros compradores e inquilinos una valiosa información sobre la vivienda .Entre otros ,estos tendrán información sobre el gasto energético que deberán asumir .Por otro lado,  a los propietarios les proporcionara datos sobre la calidad de su vivienda que influirán a la hora de ponerle precio y además les aconsejara sobare posibles mejoras .



Esta norma aumentara la calidad de la edificación " mejorara las envolventes del edificios" mas aislamiento conlleva menor consumo y también permitirá instalar sistemas de generación de frió y calor de menos consumo y mas eficientes ( en otro articulo anterior , explico las subvenciones para generadores de alto rendimiento energético )Además se introducirá un mecanismo de competencia en el mercado , de forma que los inmuebles que mas gasten serán penalizados y no se venderán o alquilaran tan fácilmente .Esto llevara a los propietarios a mejorar las viviendas

Mejorar la eficiencia energética de los edificios y viviendas forma parte de las prioridades Europeas desde 2002 ,cuando se aprobó la Directiva 2002/91/CE. Esta norma se introdujo en España en 2007 a través del Real Decreto 47/2007, pero solo para ser cumplido por los promotores .Ahora ,les toca el turno a los particulares através del Real Decreto que traspone dicha Directiva y parcialmente la Directiva 2010/31/UE

LA ETIQUETA ENERGETICA 


La etiqueta energética sera obligatoria para todos los inmuebles que quieran salir al mercado.

Sirve para conocer el comportamiento energético ,emisiones de CO2 , consumo ,etc,de un edificio o parte del mismo.

Sera obligatoria para todos los inmuebles que se vendan , salvo edificios y monumentos protegidos ,los utilizados como lugares de culto o los edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por tiempo inferior a cuatro meses al año .

Para calcular la eficiencia energética de una vivienda se tiene en cuenta aspectos como la orientación de la fachada , el tipo de combustible usado en el sistema de agua caliente , calefacción o refrigeración ( caldera de gas ,calentador eléctrico ,gasóleo , etc. ) o la superficie de la fachada encristalada entre otras variables .

El procedimiento certificador emite una etiqueta de eficiencia energética con un nivel de la
 A ( mayor)  a la G ( menor ) , así como un  listado de medidas recomendadas por el Técnico Certificador para que la calificación energética mejore.

El certificado y su correspondiente etiqueta de eficiencia energética tendran una validez de 10 años.

Las emisión y registro de certificados y los procedimientos de verificación y control son competencia de las comunidades autónomas y todavía están algunas por definir ( unas no cobran por registrar y otras estas poniendo un canon ) Están velaran por el cumplimiento de la norma e impondrán sanciones en caso de incumplimiento.


 http://www.grupotecnam.es/